Comenzó a regir el nuevo reglamento de caza y pesca deportiva
Comenzó a regir el nuevo reglamento de caza y pesca deportiva
Además el cupo de licencias
Ante la puesta en vigencia del reglamento que rige la caza y pesca deportiva, la Secretaría del Sistema Hídrico, Forestal y Minero del Ministerio de la Producción dio detalles acerca del cronograma de especies y cupos habilitados, así como también sobre el costo de las licencias de caza y pesca deportiva para la temporada 2010.
El reglamento que rige comenzó a aplicarse el 18 de abril, a partir de la resolución N° 20 de la Secretaría de Medio Ambiente.
La norma fija períodos de caza deportiva para las diferentes especies. Desde el 1º de mayo al 8 de agosto, se puede cazar pato crestón; sirirí común y sirirí pampa; paloma torcaza; cotorra; morajú; varillero; y liebre.
En tanto, desde el 16 de mayo hasta el 25 de julio se podrá cazar la perdiz chica común. Sobre esta especie podrá practicarse la caza exclusivamente los días sábados, domingos y feriados.
Licencias
Cada cazador deberá poseer licencia-permiso, así como también portar la Planilla Individual de Caza (PIC) –de uso, portación y devolución obligatoria–, y la autorización por escrito del propietario u ocupante legal del campo donde se realice el acto de caza.
Los valores de las licencias para caza y pesca deportiva son los siguientes:
>> Caza Comercial: 15 pesos.
>> Caza Deportiva: 15 pesos.
>> Caza Deportiva Turista Nacional: 30 pesos.
>> Caza Deportiva Turista extranjero: 51 pesos.
>> Caza Deportiva Club: 10 pesos.
>> Caza Deportiva Federación: 25 pesos.
>> Acopio de la fauna Silvestre: 300 pesos.
>> Pesca deportiva: 100 pesos.
>> Pesca deportiva Nacional: 100 pesos.
>> Pesca deportiva Extranjero: 333,30 pesos.
>> Pesca deportiva Club: 50 pesos.
>> Pesca deportiva Federación: 25 pesos.
Además el cupo de licencias
Ante la puesta en vigencia del reglamento que rige la caza y pesca deportiva, la Secretaría del Sistema Hídrico, Forestal y Minero del Ministerio de la Producción dio detalles acerca del cronograma de especies y cupos habilitados, así como también sobre el costo de las licencias de caza y pesca deportiva para la temporada 2010.
El reglamento que rige comenzó a aplicarse el 18 de abril, a partir de la resolución N° 20 de la Secretaría de Medio Ambiente.
La norma fija períodos de caza deportiva para las diferentes especies. Desde el 1º de mayo al 8 de agosto, se puede cazar pato crestón; sirirí común y sirirí pampa; paloma torcaza; cotorra; morajú; varillero; y liebre.
En tanto, desde el 16 de mayo hasta el 25 de julio se podrá cazar la perdiz chica común. Sobre esta especie podrá practicarse la caza exclusivamente los días sábados, domingos y feriados.
Licencias
Cada cazador deberá poseer licencia-permiso, así como también portar la Planilla Individual de Caza (PIC) –de uso, portación y devolución obligatoria–, y la autorización por escrito del propietario u ocupante legal del campo donde se realice el acto de caza.
Los valores de las licencias para caza y pesca deportiva son los siguientes:
>> Caza Comercial: 15 pesos.
>> Caza Deportiva: 15 pesos.
>> Caza Deportiva Turista Nacional: 30 pesos.
>> Caza Deportiva Turista extranjero: 51 pesos.
>> Caza Deportiva Club: 10 pesos.
>> Caza Deportiva Federación: 25 pesos.
>> Acopio de la fauna Silvestre: 300 pesos.
>> Pesca deportiva: 100 pesos.
>> Pesca deportiva Nacional: 100 pesos.
>> Pesca deportiva Extranjero: 333,30 pesos.
>> Pesca deportiva Club: 50 pesos.
>> Pesca deportiva Federación: 25 pesos.
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